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Angela Merkel impone su criterio en la UE para beneficiar a los bancos alemanes

Cortina de humo

En la última Cumbre de Jefes de Estado de la Unión Europea (UE), celebrada esta semana se fraguó un pacto para propiciar la recapitalización de los bancos del Viejo Continente que favorece a las entidades alemanas y francesas, en detrimento, sobre todo, de las españolas. Con él, Angela Merkel y Nicolas Sarkozy habrían conseguido desviar la atención del mundo del verdadero problema: los derivados tóxicos que se esconde en los balances de los grandes bancos de sus respectivos países. En la última Cumbre de Jefes de Estado de la Unión Europea (UE), celebrada esta semana se fraguó un pacto para propiciar la recapitalización de los bancos del Viejo Continente que favorece a las entidades alemanas y francesas, en detrimento, sobre todo, de las españolas. Con él, Angela Merkel y Nicolas Sarkozy habrían conseguido desviar la atención del mundo del verdadero problema: los derivados tóxicos que se esconde en los balances de los grandes bancos de sus respectivos países.

En esencia se trata de valorar a precios de mercados las carteras de deuda soberana de las entidades financieras. Al aplicar ese criterio se beneficia a los tenedores de deuda alemana, especialmente y se perjudica, sobre todo a quienes tienen más deuda española o portuguesa en el balance. Pero la cosa no queda ahí. En un impresentable ejercicio de prestidigitación, la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en ingles) permite, sin embargo, que se anote el valor nominal de todos los activos tóxicos, similares a las hipotecas subprime, que las entidades tengan en cartera.

Por si con ambas arbitrariedades no hubiera suficiente para que Santander y BBVA, los bancos más solventes del Viejo Continente, aparecieran en la foto mucho más deslucidos que entidades bajo sospecha desde hace tres años como Deustche Bank o BNP Paribas, se ha impedido a las compañías españolas que contabilicen como capital las emisiones de bonos convertibles, que se transformarán en acciones a fecha fija, o las provisiones genéricas que tendrán que adoptar todas los bancos del mundo cuando entre en vigor el acuerdo BIS III.

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