«Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar UN(1) año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida», señala el decreto 475.
Por cada hijo adoptado se computarán dos años de servicios, mientras que se reconocerá un año adicional para aquellas mujeres que tengan hijos con algún tipo de discapacidad, de acuerdo al decreto firmado por el presidente, Alberto Fernández, y buena parte de su gabinete.
El Ejecutivo observó que «el trabajo productivo y reproductivo representan un conjunto de acciones igualmente necesarias para el desarrollo de la vida cotidiana y el sostenimiento de las sociedades, pero que sin embargo no gozan del mismo reconocimiento, de forma tal que las tareas domésticas y de cuidado no remuneradas son un trabajo que queda invisibilizado».
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