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El Gobierno paraguayo propone eliminar el tope del déficit para atraer la inversión

Nuevas medidas

Horacio Cartes, presidente de Paraguay

El Gobierno paraguayo de Horacio Cartes va a solicitar al Congreso la suspensión del tope de déficit establecido por la Ley de Responsabilidad Fiscal para llevar a cabo una mayor inversión pública y así, dinamizar la economía. El Gobierno paraguayo de Horacio Cartes va a solicitar al Congreso la suspensión del tope de déficit establecido por la Ley de Responsabilidad Fiscal para llevar a cabo una mayor inversión pública y así, dinamizar la economía.

Santiago Peña, el ministro de Hacienda ha señalado que de no hacerse no quedará más que “rezar” para que aumente la recaudación. A su modo de ver, la inversión que podría llevar adelante el Gobierno está atada al tope de déficit del 1,5% del Producto Interior Bruto (PIB), unos 465 millones de dólares, fijado en la Ley 5098/13 de Responsabilidad Fiscal que rige plenamente desde el presente ejercicio.

Peña ha agregado que si se quiere aumentar la ejecución de las obras públicas, como han sugerido los empresarios en alguna ocasión las alternativas son elevar el tope, rezar o recortar gastos.

Esta última posibilidad, a su modo de ver, no es la más apropiada en un momento de desaceleración económica y sobre el incremento de los ingresos tributarios, ha pintado un panorama desalentador teniendo en cuenta que el primer semestre la caída con relación a la meta esperada representa cerca de 100 millones y si esto se mantiene en el segundo semestre, llegaría a un total de 200 millones, o sea el 0,6% del PIB menos de ingresos.

Ha adelantado también que el equipo económico baraja la posibilidad de solicitar la modificación del tope de déficit, según lo que dispone el artículo 11 de la ley de Responsabilidad Fiscal y aunque no ha dicho ningún porcentaje podría ser de hasta el 2% del PIB.

La Ley de Responsabilidad Fiscal, en su artículo 11, establece como excepción, que “en casos de emergencia nacional, crisis internacional que pueda afectar seriamente la economía local o una caída de la actividad económica interna (este último sería el argumento esgrimido), a solicitud del Poder Ejecutivo, el Congreso podrá suspender por el año fiscal correspondiente la aplicación los numerales 1 y 2 del artículo 7º y el artículo 9º de la presente ley”.

En cualquier caso, no podrá exceder el 3% del PIB. El numeral 1 establece que el déficit no podrá ser mayor a 1,5% del PIB y el numeral 2, que el incremento anual del gasto corriente no excederá la tasa de inflación interanual más el 4%.

Dejando esto de lado, los empresarios están ejerciendo cierta presión sobre el Gobierno en este aspecto, como señala ABC Color, que recuerda que han pedido que se acelere la ejecución de las obras en todas las instituciones.

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