«La orden del martes del Tribunal Constitucional que libera al expresidente Fujimori a pesar de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) es un revés preocupante para la rendición de cuentas. Cualquier liberación humanitaria de los responsables de graves violaciones de derechos humanos debe ajustarse al derecho internacional», dijo en su cuenta de X.
El martes, el Tribunal Constitucional de Perú ordenó la liberación Fujimori.
La semana pasada, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), había solicitado a Perú que informara, antes de este miércoles, sobre el cumplimiento de la sentencia que emitió en contra del expresidente, acusado por crímenes de lesa humanidad y corrupción, que impide su liberación.
En 2017 el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018) otorgó a Fujimori un indulto por «razones humanitarias» a causa de un supuesto mal estado de salud.
Este indulto fue revocado por la justicia peruana en 2018, luego de haberse hallado vicios en su concesión, por lo que Fujimori debió retornar a prisión.
En marzo de 2022, el TC ordenó restablecer el indulto a Fujimori, luego de atender un recurso de hábeas corpus.
Sin embargo, tras acciones realizadas por los deudos de las víctimas de Fujimori, el 7 de abril de 2022 la Corte IDH ordenó al Estado peruano no liberar al exmandatario.
El fallo del TC conocido el martes considera que la Corte IDH no tiene competencia para ordenar la no ejecución de la sentencia judicial emitida en marzo del año pasado.
Fujimori había sido condenado en 2009 a 25 años de prisión por su responsabilidad en las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, ocurridas en 1991 y 1992 y en la que fueron asesinadas 25 personas, y también por los secuestros de un periodista y de un empresario en 1992.
El presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), Ricardo Pérez Manrique, resolvió el martes que el Estado peruano no libere de forma inmediata a Fujimori, tal como lo dispuso el Tribunal Constitucional.
«Resuelve requerir al Estado del Perú que, para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas (…) se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional del Perú del 4 de diciembre de 2023, en donde se ordenó la inmediata libertad de Alberto Fujimori hasta tanto la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuente con todos los elementos necesarios», afirmó.
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