La Asamblea Legislativa de El Salvador
Actualmente, el Código Penal salvadoreño establece una pena de prisión de cuatro a diez años para la tenencia, porte o conducción de una o más armas de guerra. Además, establece una pena de entre cuatro y ocho años de cárcel por fabricación, porte, comercio ilegítimo de armas de fuego o explosivos caseros o artesanales.
Además, y entre otras, las reformas también buscan aumentar a 20 años las penas de prisión por la fabricación o tráfico ilegal de armas de fuego y propone duplicar la pena máxima sobre las minas antipersona.
Asimismo, para quienes proporcionen armas, munición o explosivos a agrupaciones ilícitas o al crimen organizado, las reformas piden una sanción de entre diez y 30 años de prisión, pena que actualmente oscila entre los cinco y los 16 años.
De forma paralela, la solicitud incluye la creación de un párrafo relacionado con la utilización delictiva de personas en situación de vulnerabilidad para cometer delitos, con una pena de prisión de entre 15 y 20 años.
Según ha justificado el ministro de Justicia salvadoreño, Gustavo Villatoro, en un comunicado, las reformas tienen el objetivo de «aumentar las sanciones para las conductas ilícitas relacionadas con armas de fuego, así como asegurar la vinculación de los imputados al proceso», ha recogido el diario salvadoreño ‘El Mundo’.
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