La Justicia de Perú ha revocado este jueves la orden de prisión preventiva contra la líder del partido Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, y ha ordenado su puesta en libertad en plena pandemia de coronavirus.
De esta manera, la Segunda Sala Penal de Apelaciones, encabezada por la jueza Sonia Torre, ha concedido la apelación interpuesta por la excandidata a la Presidencia, que se encontraba encarcelada desde el pasado mes de enero en la cárcel de Chorrillos, donde estaba previsto que cumpliera 15 meses de prisión preventiva.
En la resolución emitida este jueves, y a la que ha tenido acceso el diario local ‘Perú21’, los jueces han reconocido que la investigación realizada por el fiscal José Domingo Pérez se sustenta y cuenta con elementos que corroboran la imputación por blanqueo de dinero que se le atribuye a Fujimori.
Entre esas pruebas se menciona la declaración de los exdirectivos de la constructora brasileña Odebrecht Jorge Barata y Marcelo Odebrecht. El primero dijo que la compañía aportó 1 millón de dólares ilícitos para financiar la campaña fujimorista de 2011, mientras que el segundo respaldó esa versión.
La sala también ha desestimado el planteamiento de la defensa de Fujimori, que apunta a desconocer un incremento injustificado de su patrimonio que, de acuerdo con Pérez, se habría concretado con el dinero que la empresa brasileña entregó.
Sin embargo, y pese a todo lo anterior, los jueces han concluido que «la sospecha de culpabilidad basada en la contundencia de los elementos de convicción incriminatorios no es suficiente por sí misma para dictar prisión preventiva».
Así, han indicado que el Ministerio Público «no muestra diligencia debida de llevar a juicio a la imputada en menor plazo posible», lo que supone una clara crítica a los fiscales por demorarse en la investigación.
Debido a este tiempo, han señalado, el peligro de obstrucción a la Justicia y la posible fuga de Fujimori –cuestiones ambas que sostenían y justificaban inicialmente la orden de prisión preventiva en su contra– ha disminuido en intensidad.
«En cuanto al temor de que la investigada podría destruir, modificar, ocultar o falsificar elementos de prueba, expuesto por el Ministerio Público en el requerimiento primigenio, consideramos que el mismo se habría disipado en atención», han enfatizado.
«Amerita preguntarnos, ¿resulta necesario imponer la prisión preventiva que es la más gravosa de las medidas de coerción personal o será suficiente la medida alternativa aludida en párrafo precedente? La respuesta es negativa no sólo para evitar adoptar una medida innecesariamente gravosa y por ende excesiva, sino también para garantizar de mejor manera la finalidad procesal», han remachado. .
Las restricciones impuestas ahora contra Fujimori son: no ausentarse de la ciudad en la que reside, acudir a comparecer cada treinta días ante el Poder Judicial para el control biométrico, presentarse ante los jueces y fiscales cuando se le requiera, no comunicarse con otros imputados o testigos y pagar una fianza de 60.000 soles (16.242 euros).