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Una exclusiva periodística asegura que el número dos del Santander será inhabilitado tras una singular decisión judicial

La Sala Penal del Tribunal Supremo español habría acordado, según publica hoy el diario ‘El Mundo’, condenar al consejero delegado de Banco Santander, Alfredo Sáenz, a ocho meses de prisión, multa e inhabilitación para ejercer cualquier ocupación en banca por los delitos de presentación de acusación falsa y estafa procesal. El caso fue instruido en 1994 por el juez Lluis Pascual Estevill, célebre en el país por haber sido condenado a prisión en 2005 por los delitos de cohecho, extorsión, prevaricación y detenciones ilegales. • Noticia relaciona de Tendencias La Sala Penal del Tribunal Supremo español habría acordado, según publica hoy el diario ‘El Mundo’, condenar al consejero delegado de Banco Santander, Alfredo Sáenz, a ocho meses de prisión, multa e inhabilitación para ejercer cualquier ocupación en banca por los delitos de presentación de acusación falsa y estafa procesal. El caso fue instruido en 1994 por el juez Lluis Pascual Estevill, célebre en el país por haber sido condenado a prisión en 2005 por los delitos de cohecho, extorsión, prevaricación y detenciones ilegales.

El caso acabó en manos de Estevill en el verano de 1994 debido a una coincidencia, puesto que el juez al que se le había asignado se encontraba de vacaciones. Estevill está actualmente separado de la carrera judicial después de que en 2005 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le condenase a nueve años de prisión sin fianza y al pago de más de un millón de euros como responsabilidad hacia los extorsionados.

La noticia publicada por el diario de Unedisa y firmada por María Peral, prestigiosa periodista con importantes contactos en el judicatura española, no ha sido confirmada aún. Fuentes del Banco Santander han señalado a Américaeconomica.com que “no hay conocimiento sobre ninguna resolución judicial”, por lo que han declinado hacer comentarios sobre esta posible inhabilitación

El presidente del grupo Santander, Emilio Botín, también ha declinado hacer comentarios al respecto tras asegurar que desconoce la resolución. “No tengo ningún comentario que hacer sobre una sentencia que no conozco”, ha afirmado Botín en unas declaraciones recogidas por Europa Press durante una visita a las obras del nuevo Centro de Proceso de Datos de la entidad en Cantabria.

La decisión judicial tampoco ha sido confirmada ni desmentido por los portavoces oficiales del Supremo, según ha publicado la agencia EFE, debido a que la sentencia aún no ha sido redactada. Y quizá tardé mucho en estar lista, porque la secretaria del juez Miguel Colmenero, que es el encargado de escribir la sentencia, ha señalado a diversas agencias que Colmenero no hará ningún comentario hasta que esta sentencia sea publicada, lo que podría demorarse un mes.

Estas declaraciones contrastan con lo que se afirma en El Mundo, donde se asegura que el fallo se conocerá en unos días y, por lo tanto, supondría a muy corto plazo la salida del consejero delegado del Santander de su puesto, así como de todos sus cometidos relacionados con la banca, en tanto que la pena de cárcel no se le aplicaría al ser inferior a dos años y no tener Sáenz antecedentes.

La resolución se habría tomado, siempre según este diario, con tres votos de los jueces a favor de la condena frente a dos votos particulares en contra. La sala estaba compuesta por tres magistrados relacionados con los casos que el Alto Tribunal español mantiene contra el Juez Garzón (Juan Saavedra, Juan Ramón Berdugo y Alberto Jorge Barreiro) y otros dos (José Manuel Maza, Miguel Colmenero), reputados como conservadores, pero que se han opuesto en determinadas sentencias a las posiciones que defencía el principal partido de la oposición española, situado en el centro derecha.

Los especialistas consultados por la revista ‘Tendencias’ que edita Carlos Díaz Güell, un ex jefe de Prensa del Banco de España, consideran que a Alfredo Sáenz y a Banesto les queda la posibilidad de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que paralizaría la ejecución de la sentencia del Supremo.

‘El Mundo’ ha publicado esta noticia el mismo día en que se reúne el Eurogrupo en Bruselas y en plena visita de una delegación del Fondo Monetario Internacional (FMI) a Madrid. Además, en un contexto en que la situación económica de España y su sector financiero es mirada con lupa por los mercados internacionales, la noticia ha ocupado las portadas de las agencias utilizadas por los operadores del mercado financiero.

En los últimos días, los rumores de Wall Street apuntan asimismo que algunos bancos de inversión podrían estar interesados en comprar activos del Santander en diversas partes del mundo. En la Bolsa, las acciones de Banco Santander cayeron un 2,56% al cierre de la sesión, en el contexto de un Ibex 35, el índice selectivo de la Bolsa española, que se dejó un 1,01%.

Poco después del cierre del mercado, varias agencias de noticias y diarios españoles dieron la sensación de encontrarse en mitad de una guerra de informaciones en su tratamiento del tema. La Agencia EFE publicaba un nuevo teletipo que el Banco de España podía obligar a dimitir a Sáenz una vez confirmada la sentencia. Al menos tendría potestad para hacerlo, según la legislación española. Y ya habría hecho uso de ella en, al menos dos ocasiones.

Además, en esta misma información La propia EFE acortaba el plazo de un mes previsto para la publicación de la sentencia, según las primeras fuentes consultadas. Otros expertos, relacionados con el caso aseguran que estará lista antes del final de enero.

Para comprender el origen del caso hay que remontarse al verano de 1994, seis meses después de que Banesto hubiera sido intervenido y adjudicado en subasta a Banco Santander. Alfredo Sáenz era presidente en sustitución de Mario Conde y la entidad se encontraba en proceso de recuperación de créditos dudosos, después de que los servicios de inspección del Banco de España determinasen que tenía 503.000 millones de pesetas en morosos.

En este contexto, y tal y como señala la revista ‘Tendencias’ en el artículo antes mencionado, los servicios jurídicos de Banesto en Barcelona interpusieron una querella contra cuatro empresarios (Pedro Olabarría, Luis y José Ignacio Romero y Modesto González Mestre), propietarios de una empresa (Harry Walker) que debía unos 750 millones de pesetas. El juez Lluis Pascual Estevill metió en la cárcel de manera preventiva a tres de estos empresarios, que posteriormente fueron exculpados.

Los empresarios consideraron que la deuda era de la empresa, no de ellos, aunque fueran los dueños, y que la acusación de Banesto de que se habían llevado el dinero de la empresa Harry Walker hacia otras compañías suyas era totalmente falsa y, además, el banco lo sabía. Adicionalmente, consideran que esta querella tenía por objeto amedrentarles y cobrar la deuda para lo que Estevill habría jugado un papel clave.

El Juzgado de Instrucción 18 de Barcelona no se creyó estos hechos e inadmitió la querella. Tampoco la Audiencia Provincial de Barcelona, que confirmó el archivo en abril de 1996. Esta misma Audiencia sobreseyó el mismo caso, pero planteado separadamente por uno de los cuatro empresarios, en 2004.

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