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Plebiscito en Colombia: El acuerdo de paz entre el ‘sí’ y el ‘no’

Juan Manuel Santos, presidente de Colombia

La firma final de la paz entre el Gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC da paso a la realización de un plebiscito sobre lo pactado en Cuba el próximo domingo, una votación sin precedentes que definirá o reafirmará el camino del fin del conflicto armado interno de más de 50 años. La firma final de la paz entre el Gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC da paso a la realización de un plebiscito sobre lo pactado en Cuba el próximo domingo, una votación sin precedentes que definirá o reafirmará el camino del fin del conflicto armado interno de más de 50 años.

Desde el principio de las negociaciones, el presidente Juan Manuel Santos insistió en asegurar que la última palabra sobre los acuerdos con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) la tendrían los ciudadanos y por eso planteó este mecanismo democrático como el más conveniente.

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EL OBJETIVO DEL PLEBISCITO: Este mecanismo democrático busca que los colombianos manifiesten su apoyo o rechazo al acuerdo final de paz entre el Gobierno y las FARC respondiendo una pregunta formulada por Santos que solo tendrá dos respuestas posibles: «Sí» o «No».

LA PREGUNTA: La consulta que se imprima en unos 35 millones de tarjetones en todo el país dirá: «¿Apoya usted el acuerdo final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una paz estable y duradera?»

LA VALIDEZ DEL RESULTADO: El proyecto de ley estatutaria que fue presentado el año pasado por el presidente Santos para poder convocar el referéndum ante el Congreso y la Corte Constitucional, organismos que posteriormente lo aprobaron, requiere para ser válido tras la votación un umbral del 13 por ciento del censo electoral, es decir, 4,4 millones de votos a favor o en contra de los acuerdos.

EN QUÉ CONSISTE EL ACTO LEGISLATIVO PARA LA PAZ: Es una reforma constitucional de cinco artículos con la cual el Gobierno pretende implementar y «blindar» con herramientas jurídicas lo acordado con las FARC en La Habana.

Dentro de esa legislación está la creación de un procedimiento especial legislativo, vigente por seis meses y que se puede prorrogar por un periodo igual, que contempla la posibilidad de tramitar rápidamente los proyectos de ley o de reforma constitucional necesarios para el posconflicto. Se estima que serán al menos un centenar.

Además, se amplían las facultades extraordinarias del presidente para expedir decretos con fuerza de ley que estén relacionados con el desarrollo de lo pactado en Cuba por las partes y se eleva el texto final a un nivel de «acuerdo especial».

El proyecto de acto legislativo señala que el Gobierno incluirá dentro de los próximos 20 años el plan de inversiones para la paz en el Plan Nacional de Desarrollo, con el fin de garantizar fondos en zonas afectadas por la violencia.

EL TRIUNFO DEL ‘SÍ: Si gana el «sí» en las urnas, quedará automática y popularmente refrendado el acuerdo final entre el Gobierno y las FARC, por lo tanto, el acto legislativo (reforma constitucional) para la paz entrará en vigencia y se comenzarán a tramitar rápidamente las leyes y reformas constitucionales necesarias para implementar lo pactado.

EL TRIUNFO DEL ‘NO’: Significa que no hay lugar a la implementación del acuerdo final y se abre la posibilidad de una eventual reanudación de la confrontación con las FARC, grupo que por tanto no podría enmarcarse en la ley de amnistías planteada por la legislación de paz y debería regresar a las zonas rurales que ha habitado por más de medio siglo.

No obstante, analistas políticos han planteado que la Corte Constitucional, en su aprobación a la legislación, no cerró la posibilidad a que otro órgano del poder público continúe con la actual negociación en caso de que gane el «No», es decir, que quien quedaría impedido para hacerlo sería expresamente el presidente pero no el Congreso, por ejemplo. Sin embargo, ambas partes han asegurado hasta ahora que no estarían dispuestas a renegociar los términos de la paz.

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