La Ley de Segunda Oportunidad puede beneficiar a todas las personas que hayan adquirido una deuda y no puedan saldarla debido a dificultades económicas. Dabogados, el despacho de abogados en Madrid, explica las dudas más frecuentes en torno a esta ley, que en el último año ha alcanzado un incremento en la cantidad de solicitudes.
La Ley de Segunda Oportunidad, aprobada por el Gobierno de España en 2015, ampara a los autónomos y empresarios que no tienen la capacidad financiera para saldar las deudas contraídas. De todos modos, para acceder a este mecanismo legal hay que cumplir con una serie de condiciones, como demostrar la imposibilidad financiera, no tener antecedentes penales ni haber solicitado la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad anteriormente.
El despacho de abogados Dabogados este recurso es uno de los que más demanda ha tenido a raíz de la crisis económica derivada de la pandemia. Durante los últimos meses, una gran multitud de ciudadanos se quedó sin empleo y, como consecuencia, no ha podido cumplir con sus acreedores.
Uno de los principales requisitos para solicitar este amparo es ser deudor de buena fe. Según los profesionales de Dabogados, generalmente, todos los deudores cumplen este requisito básico, entendiéndose este tipo de deudas como aquellas que se generan por el tráfico normal de la economía doméstica, préstamos, tarjetas etc.
Esta ley se aprobó con la pretensión de ayudar a las familias y particulares a reducir su carga financiera y volver a empezar de cero sin deudas.
Se estima que los juzgados otorgan la medida a un 70% de los deudores que demandan la exoneración de la morosidad. El otro 30% debe someterse a acuerdos para poder liquidar la deuda.
En este tipo de casos se presentan varios escenarios, uno de ellos es tratar de llegar a un acuerdo de pago extrajudicial entre el deudor y el acreedor. El otro es liquidar el patrimonio del deudor dentro de un concurso consecutivo.
Los abogados especialistas en la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad de Dabogados acompañan al solicitante en todo el proceso y, en caso de no acordar el pago con el acreedor, se encargarán de realizar la solicitud de exoneración de la deuda ante un juzgado.
Las implicaciones de esta ley no son bien recibidas por los acreedores y muchos trasladan la solicitud al área judicial, donde se dará potestad al juzgado de decidir si la deuda se paga o no.
El abogado también estudiará detenidamente todas las cláusulas del contrato firmado, creando una situación que favorezca al demandante, quien en todo momento estará bien asesorado para lograr la exoneración total de la deuda.
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