En una decisión que marca un fuerte revés para el gobierno de Daniel Noboa, la Corte Constitucional de Ecuador dictó la suspensión provisional de varios artículos de la Ley Orgánica de Inteligencia y su reglamento, una normativa ampliamente cuestionada por organizaciones sociales, juristas y sectores de la oposición. La medida responde a la creciente preocupación por la vulneración de derechos fundamentales y el uso arbitrario del aparato estatal de inteligencia.
Artículos suspendidos por riesgo a derechos fundamentales
Entre los puntos más controvertidos de la ley, ahora congelados por la Corte, se encuentran disposiciones que autorizaban a los agentes de inteligencia a operar bajo identidades falsas, así como a emplear técnicas de vigilancia en el ciberespacio y a solicitar información a empresas de telecomunicaciones sin establecer controles suficientes.
La suspensión afecta a los artículos 5, 13, 22, 41, 42, 43, 47, 48, 50, 51, 52 y 55 de la Ley de Inteligencia, y a los artículos 9, 16, 17, 25, 33, 34, 35, 36 y la Disposición General Primera de su reglamento. Según la resolución, estas disposiciones estarán inhabilitadas hasta que la Corte emita un fallo definitivo.
La normativa facultaba el uso de identidades ficticias, acceso a datos personales, y utilización de tecnologías en el espectro electromagnético sin garantías claras
Organizaciones civiles advierten riesgo de espionaje
Diversos colectivos de derechos humanos, académicos y representantes de la sociedad civil han denunciado que la ley abre la puerta a un uso discrecional del sistema de inteligencia, especialmente para el seguimiento de opositores políticos y periodistas, en un contexto de tensión institucional y creciente autoritarismo en la región.
Desde el Ejecutivo, sin embargo, se ha insistido en que la aplicación de estas medidas requiere una orden judicial previa, y que el objetivo es mejorar la capacidad del Estado en la lucha contra el crimen organizado y el terrorismo.
La oposición denuncia que el texto vulnera el derecho a la intimidad, la libertad de expresión y el debido proceso
Un freno a la expansión del poder presidencial
El fallo provisional también representa un límite a la creciente acumulación de poder del presidente Noboa, quien ha promovido reformas legales con fuerte carga ejecutiva. En este caso, la Corte Constitucional actúa como un contrapeso institucional, recordando que cualquier normativa debe estar sujeta al bloque de constitucionalidad y respeto a los derechos humanos.
La controversia se inscribe en un contexto más amplio de preocupación por el uso de instrumentos legales de seguridad para restringir libertades y concentrar poder en el Ejecutivo, tendencia observada en varios países de América Latina en los últimos años.